VERDAD JURÍDICA Y VERDAD REAL

 

 

Con motivo de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que anulaba una resolución del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones sobre concesión de emisoras de radio por ser contraria al ordenamiento jurídico el Presidente del Gobierno de Navarra y de UPN, Miguel Sanz, nos ha obsequiado a los ciudadanos con una particular teoría sobre la verdad. Según él, los jueces están en posesión de la "verdad jurídica", pero frente a ella está la "verdad real", la cual al parecer es patrimonio del Gobierno. Por eso el Gobierno del señor Sanz se muestra inmune ante las críticas y exigencias de responsabilidad por su actuación; pese a estar desautorizado por los jueces piensa que le asiste una razón superior.

En un Estado de derecho no existe otra verdad que la, seguiré utilizando la expresión del señor Sanz, "verdad jurídica". En las autocracias existe una "verdad real" definida y monopolizada por quien detenta el poder (sea un monarca absoluto, un caudillo, un partido único, un gobierno, un ayatolá) que puede ser impuesta a los súbditos por la propia superioridad que se le supone frente a las opiniones particulares desviadas del dogma. La creación de los Estados democráticos de derecho se sustenta precisamente en el rechazo de tal idea. El pluralismo que la Constitución española eleva en su primer artículo a la categoría de valor superior del ordenamiento supone que no existe una "verdad real"; por eso es legítimo y parte del catálogo de derechos fundamentales mantener y expresar distintas ideas y opciones en el campo religioso, filosófico, político, científico, estético, etc. Sin embargo, para ordenar la convivencia es necesario que una sociedad establezca unas mínimas certezas, algunos principios y normas que no dependan de la libre disposición de los ciudadanos sino que se hagan observar por todos. Ese es el contenido de la Constitución y las demás leyes que establecen obligaciones y límites a la libertad individual. Pero estos límites, en un sistema democrático, surgen de la voluntad del pueblo, son expresión de la soberanía popular, y se establecen por órganos representativos a través de procesos de debate abierto; y también mediante jueces y tribunales que de forma pública interpretan y aplican esas leyes. Esto es, constituyen una "verdad jurídica".

En un Estado de derecho todo el mundo puede tener sus propias opiniones sobre las leyes, pero nadie puede pretender poseer una "verdad real" que esté por encima de la "verdad jurídica" democráticamente elaborada, y que se pueda imponer al margen de lo que el parlamento o los jueces digan. Y mucho menos se puede pretender desde el Gobierno, que está constitucionalmente sometido al principio de legalidad y al control del Poder Judicial. El ciudadano Miguel Sanz puede discrepar de las resoluciones judiciales, pero el Presidente Miguel Sanz le hace un flaco servicio al Estado de derecho enunciando sus peculiares teorías políticas.

Pocos días más tarde, con ocasión de una petición para mantener una reunión formulada por uno de los partidos de la oposición, Miguel Sanz afirma: "Para nosotros hay cosas innegociables, que son las que afectan al interés general". Uno creía que el Gobierno se dedicaba únicamente a asuntos de interés general; y que cuando habla con la oposición, cuando negocia, cuando llega a acuerdos, se debían referir precisamente a los asuntos de interés general. Parece que no; a lo mejor el Gobierno además de atender al interés general ha montado en las mismas dependencias administrativas una gestoría, una inmobiliaria o una peña recreativa, y es sólo de los asuntos propios de estas actividades de lo que está dispuesto a hablar.

Al señor Sanz le traiciona de nuevo el subconsciente. Piensa que constituye el interés general de Navarra lo que su Gobierno (o su partido, no queda muy claro) dice que es tal, y lógicamente no puede admitir otras opiniones. Una vez definido el interés general unilateralmente por el señor Sanz y los suyos, cualquier negociación supondría transigir con los mezquinos intereses privados que representan los partidos de la oposición.

Con la Constitución en la mano otra vez hay que afirmar que en una sociedad democrática nadie tiene el monopolio de definir cual es el interés general. El pluralismo tiene como correlato que puede haber diversas interpretaciones sobre cual es el interés general de una comunidad (no es nada fácil identificarlo entre los diversos y enfrentados intereses sectoriales o particulares existentes, y en última instancia su definición suele estar condicionada por factores ideológicos). En un sistema democrático no hay otro interés general que el que se define por la ley. Y la ley como fruto de la voluntad popular es resultado de un debate parlamentario donde se confrontan las diversas opiniones y los diversos intereses.

Mal camino llevamos con un Gobierno que se cree propietario de la verdad y único intérprete del interés general por encima o al margen de las leyes. Abre un camino nada constitucional que recuerda aquella definición que hizo un jurista nazi: "en el Tercer Reich el Derecho es la voluntad del Führer". En nuestra época y en nuestro país desde las instancias oficiales se promueve una corrección política consistente en declararse, con cuanta mayor insistencia mejor, demócrata y constitucionalista. Es una lástima que muchos constitucionalistas de boquilla demuestren con sus actos que ni comprenden ni asumen los valores que se derivan de la Constitución.

 

 

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