EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA
Y DERECHOS HUMANOS
Por el Foro Iruña: Mikel Armendáriz, Fernando Atxa, Iñaki Cabasés, José Luis Campo, Ginés Cervantes, Miguel Izu, Manuel Ledesma, Javier Leoz, Guillermo Múgica, Iosu Ostériz y José Luis Úriz.
La Ley Orgánica de Educación
(LOE) implementó a partir de 2006 una nueva asignatura llamada Educación para
la Ciudadanía y los Derechos Humanos. La puesta en marcha de la asignatura
pretende cumplir con una recomendación del Consejo de Europa del año 2002, cuyo
objetivo es el de “promover una sociedad libre, tolerante y justa y que
contribuya, junto con las demás actividades de la Organización, a defender los
valores y principios de la libertad, el pluralismo, los derechos humanos y el
imperio de la Ley, que son los fundamentos de la democracia”.
Algunos sectores sociales y políticos de distinto signo ideológico han criticado la implantación de esta asignatura. Pero, quizás, las críticas más contundentes parten de posiciones conservadoras: Partido Popular, una parte de la jerarquía eclesiástica y otras asociaciones que defienden el derecho en exclusiva de los padres y madres a educar a sus hijos en valores, ética y moral, y acusan al Estado de una pretendida voluntad de adoctrinamiento ideológico e imposición totalitaria. Consecuencia directa del argumento utilizado por estos sectores sociales conservadores es la puesta en cuestión del derecho a la educación de los/as menores, ya que al plantear el derecho exclusivo de decisión de la familia sobre su educación se olvidan de que son los alumnos/as, como personas, los titulares de los derechos y no la familia. Los padres y madres tienen una función educativa esencial pero limitada. El/la menor es titular de derechos en sí mismo y el Estado tiene el deber de protegerlos.
No hay
que acudir a los casos de malos tratos a los/as menores por parte de los padres
para ejemplificar el deber protector de la sociedad en su conjunto y los
instrumentos legales a su servicio. En nuestra sociedad, sigue estando presente
de forma demasiado extendida la consideración de que la responsabilidad sobre
el cuidado y atención a los/as menores es del dominio prioritario de los padres
y madres, adjudicándole al resto de la
comunidad: escuela, instituciones o entidades, vecinos, etc., un papel subsidiario.
En concreto, a la institución escolar se le asigna el simple papel de entidad
asistencial e instructora de las “materias científicas”.
A
veces, incluso, la demanda social es contradictoria en sí misma puesto que
mientras a la institución escolar se le exige cada vez más “calidad educativa”
menos capacidad de actuación y status social se le concede, siendo muestra de
ello la cada vez mayor minusvaloración del papel del profesorado como
transmisor de normas positivas de conducta social. Sin embargo, la educación de
los/as menores no sólo es la acción de transmitir una serie de conocimientos y
saberes más o menos científicos y objetivos. Se trata también (sobre todo
dirían nuestros abuelos/as) de la transmisión de valores positivos que nos hagan
mejores personas y ciudadanos/as.
Según expresa, de forma muy correcta a nuestro
entender, un proverbio africano “para
educar bien a un/a niño/a, hace falta la tribu entera”. Esto es, es tarea de
toda la comunidad la educación de nuestros niños/ as y jóvenes. Educan los
padres, los hermanos/as, la escuela, los medios de comunicación, los/as
amigos/as, los parientes, los/as vecinos/as, etc. La sociedad, el Estado, por
medio del sistema educativo es, siempre lo ha sido y además debe serlo, actor
importante, aunque no único, en la ordenación de la educación a los menores y
dentro de ello, en la estructuración del sistema de valores que tiene que
impregnar el sistema educativo.
Entendemos que el argumento del
derecho exclusivo de los padres y la iglesia a la educación en valores
de los/as menores, es, además de tendencioso, falso, contradictorio, perverso y
sectario. Se reclama como derecho lo que es un privilegio, esto es, poder
rechazar parte de un programa educativo. Todo ello, además, sin ofrecer ninguna
garantía de que el mundo de valores que algunas familias puedan transmitir en
exclusiva a sus hijos no esté trufado de principios machistas, xenófobos,
racistas, etc. La sociedad, sus representantes democráticamente elegidos, las
instituciones y la administración educativa tienen legitimidad para definir un marco básico en la sociedad,
ampliamente aceptado, que defina los valores positivos asumidos por la generalidad.
Afortunadamente, diferentes estamentos, entidades e instituciones como
el Tribunal Superior de Justicia de Navarra y el Defensor del Pueblo de nuestra
comunidad ya han emitido dictamen sobre las argumentaciones de los sectores más
conservadores rechazando sus pretensiones y rebatiendo desde el derecho y la
razón sus demandas.
Es verdad que quizás no se
ha dado un debate social suficiente para poder llegar a un consenso amplio y
explícito sobre una ÉTICA MÍNIMA O
ÉTICA CIVIL que, partiendo de la racionalidad, se guíe por los principios del
pluralismo, la democracia y la laicidad. Sin embargo, esta circunstancia no
anula la necesidad ni la conveniencia de plasmar en el currículo educativo los
instrumentos necesarios para trabajar con los alumnos/as este mundo de valores
positivos. En este caso, la asignatura de Educación para la Ciudadanía y los
Derechos Humanos es una opción correcta.
La transmisión a nuestros/as jóvenes de un mundo de valores positivos, democráticos, plurales, respetuosos con la persona y con la justicia social, es un elemento complicado en un mundo y modelo de sociedad en que demasiadas veces el triunfo social y el funcionamiento del propio sistema se construye alrededor de los contravalores y además se hace alarde de ello. La asignatura de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos no puede ser, por tanto, un camino acabado, sino una oportunidad de comienzo ilusionante.
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