LOS DERECHOS DE LOS NAVARROS

 

 

 

         Los navarros tenemos, lo dice el Amejoramiento, los mismos derechos y libertades fundamentales que los demás españoles. Aunque a uno le gustaría poder decir que tenemos los mismos derechos que todos los seres humanos, por aquello de que si al principio de igualdad le ponemos nacionalidad y pasaporte empieza a ser mentira.

 

         Y como tenemos los mismos derechos, también carecemos más o menos de los mismos derechos que los demás españoles, especialmente de los de contenido social y económico. Aunque el art. 35 de la Constitución diga que “todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo”, todos sabemos que eso no es así. Para empezar, a quien no quiere trabajar nadie le obliga a hacerlo (y si se lo puede permitir porque vive de rentas heredadas u obtenidas con las quinielas todos le envidiamos). Y en segundo lugar, hay otros que quisieran trabajar pero por mucho que hagan cola en las oficinas de empleo o reclamen en los tribunales no les dan un puesto de trabajo. Nos dicen nuestros gobernantes que las tasas de desempleo que disfrutamos equivalen prácticamente al pleno empleo; o sea que tenemos que habituarnos a pensar que ni siquiera en la sociedad del pleno empleo todas y cada una de las personas tienen derecho a trabajar.

 

         El artículo 47 de la Constitución dispone que “todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada”. Ya sabemos que este derecho en nuestro país es igual de irreal que si la Carta Magna dijera “todos los españoles tienen derecho a poder pagar trescientos mil euros por un piso”. Perdería el tiempo, y por eso no lo hace nadie, quien echara una instancia a la Administración competente, o presentara una denuncia en el juzgado de guardia, o dirigiera un escrito al Defensor del Pueblo, exigiendo que se le reconozca el derecho a disfrutar de una vivienda mediante la entrega de la que en justicia le corresponda. Es uno más de esos derechos retóricos que se quedan sin sustancia porque los poderes públicos no cumplen con su obligación de regular la utilización del suelo “de acuerdo con el interés general para impedir la especulación”, como les manda la misma Constitución, y no hay manera de exigirles que la cumplan. Ya sabemos que reconocer derechos sin que se cree una correlativa obligación exigible a alguien es como apacentar el viento.

 

         Como los demás españoles, los navarros carecemos del derecho a obtener unos ingresos mínimos con los que satisfacer las necesidades básicas. Nos tenemos que conformar con el buen propósito que se contiene en el art. 41 de la Constitución, es decir, que los poderes públicos mantengan “un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad”. Que se lo cuenten a quienes cobran las pensiones mínimas, y especialmente a las viudas que se han movilizado últimamente, si reciben asistencia suficiente. Como carecen de derecho a un mínimo que les permita vivir con dignidad, se ha podido aprobar recientemente una ley por las Cortes Generales para prohibir que las Comunidades Autónomas caigan en la tentación de complementar sus pensiones. Y como el Gobierno de Navarra es especialmente celoso de que no se reconozcan derechos a quienes no los tienen, parece que ha decidido que no se aplique la ley foral que establecía esos complementos a la espera de que se les puedan reconocer unas exenciones fiscales equivalentes (los que nos mandan tienen la obsesión de que todo se solucione a base de no pagar impuestos).

 

         Por cierto, que el presidente del Gobierno de Navarra amenazó con adoptar “medidas jurídicas” contra el PSN porque anunció que en sus sedes iba a proporcionar el modelo de instancia para que las viudas reclamaran el complemento de sus pensiones. Podría pensarse que fue un simple lapsus de alguien que ya confundió a Demóstenes con Damocles. Pero con lo que está cayendo tampoco hay que excluir que en lo sucesivo incitar a los ciudadanos a que reclamen de la Administración los derechos que les reconoce una ley sea considerado en el Código Penal como delito de rebelión. No parece que a los gobernantes que no cumplen las leyes les inquiete un riesgo similar.

 

         Pero, en fin, alguna pequeña diferencia sí que existe más allá de los derechos fundamentales que disfrutamos en la misma medida y con los mismos déficits que los demás españoles (a ver si algún día la de momento abortada Constitución europea nos iguala en derechos a los suecos o los holandeses, que aunque nos cuenten que en Navarra estemos en la punta de lanza de la prosperidad mundial me da que siguen disfrutando más de sus derechos que nosotros de los nuestros). Y no me refiero al tradicional régimen sucesorio y fiscal que ha hecho siempre que tengan su domicilio en territorio navarro personas que raramente aparecen por aquí. En los últimos tiempos nuestras leyes han otorgado a la ciudadanía foral algún derecho desconocido en el resto del orbe.

 

         Quiero destacar aquí el derecho que nos reconoce la todavía reciente Ley Foral 24/2003, de 4 de abril, de Símbolos de Navarra, cuyo artículo 6.3 establece que “constituye un derecho cívico de todos y cada uno de los ciudadanos de la Comunidad Foral que la bandera de Navarra ondee en el exterior de los edificios de las sedes administrativas y de los servicios de las Instituciones Forales y de las Corporaciones de derecho público de Navarra, así como en los de aquellas Entidades que componen la Administración Local y que les representan política y administrativamente”. Que yo sepa, los demás españoles no tienen reconocido tan rotundamente ese derecho individualizado a que ondee ni la bandera de España ni la de las demás Comunidades Autónomas en los edificios públicos, ni se prevé una ley estatal armonizadora que prohíba a los navarros tener más derecho a su bandera que, por ejemplo, los extremeños a la suya.

 

         Así que ya sabe; si es usted un ciudadano navarro o una ciudadana navarra con auténtico celo porque sus derechos sean respetados, no pierda el tiempo exigiendo trabajo, vivienda o pensiones dignas, que lo tiene bastante chungo. Pero a cambio puede exigir mediante instancia dirigida al Gobierno de Navarra, y si no le hacen caso, mediante recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia, que se ponga la bandera de Navarra en esas oficinas que tiene usted cerca de casa y donde todavía no ondea. Porque la ley exige que ondee “en el exterior de todas las sedes administrativas y edificios de servicios de las Instituciones Forales y de las Corporaciones de derecho público en Navarra”. Esas instituciones tienen muchas sedes y muchos edificios, el Gobierno de Navarra se ha dado cuenta de que demasiados para poner la bandera en todos, y solamente la ha puesto en los más representativos.

 

         Que todos los navarros puedan desayunar, comer y cenar, como Lula se ha propuesto que puedan hacer todos los brasileños, y que lo puedan hacer en una vivienda digna, de momento no es un derecho, aunque afortunadamente la mayoría lo podamos hacer (en una sociedad de masas, ¡ay de las minorías!). Pero en cambio, tienen legalmente garantizado satisfacer sus necesidades identitarias y de orgullo colectivo gracias al derecho cívico a la bandera. Es un consuelo.

 

 

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