DERECHO A DECIDIR
Por
el Foro Iruña: Fernando Atxa, Helena Berruezo, Iñaki Cabasés, Ginés Cervantes,
Fermín Ciáurriz, Miguel Izu, Javier Leoz, Guillermo Múgica, Iosu Ostériz y José
Luis Úriz.
El derecho a decidir, enunciado en
abstracto y sin mayores matices, resulta difícilmente rechazable. Si, como
rezaba la Declaración de Independencia de los Estados Unidos según los ideales
de la Ilustración que siguen vigentes, todos los seres humanos están dotados “de ciertos derechos inalienables, entre los
cuales se encuentra el derecho a la vida, a la libertad y a la búsqueda de la
felicidad”, es indudable que cada persona tiene derecho a decidir sobre su
propia vida.
Tampoco parece discutible, en nuestro tiempo y fruto
de una larga evolución histórica que ha desembocado en el sistema democrático,
la idea de que toda persona mayor de edad tiene derecho a decidir sobre las
cuestiones que afectan a la comunidad en la que vive. A ello se dirigen los
derechos políticos que cualquier ordenamiento constitucional reconoce: a la
participación política, al sufragio activo y pasivo, a la libertad de
asociación, de expresión, etc.
Pero si trasladamos el derecho a
decidir de la esfera individual a la esfera de los derechos colectivos, la
cuestión se vuelve tremendamente polémica. No tenemos el mismo consenso sobre
cuál es el sujeto del derecho a decidir, ni sobre el procedimiento para
ejercerlo, elementos tan básicos para definir tal derecho que lo condicionan y
predeterminan su contenido. La dificultad en avanzar hacia un consenso sobre el
sujeto del derecho a decidir (o el ámbito de decisión, dicho desde otro punto
de vista) es máxima y quizás insuperable cuando se pone en conexión con el
concepto de nación y derecho a decidir se hace sinónimo de derecho de
autodeterminación.
En este debate se siguen manifestando
dos concepciones clásicas y antagónicas sobre la nación. La de quienes
consideran como tal únicamente a una comunidad de ciudadanos organizada en un
Estado soberano; esto es, que es el propio hecho de decidir colectivamente como
sujeto político lo que crea la nación. Y la de quienes consideran que la nación
se constituye por una comunidad humana con determinados lazos culturales o
históricos, y que por eso tiene derecho a organizarse en Estado; es decir, que
es la existencia previa de la nación la que fundamenta el derecho a decidir
colectivamente. Y no faltan otras concepciones políticas que no conceden a la
nación el carácter de sujeto único del derecho a decidir y rechazan o limitan
los principios de soberanía nacional o de integridad e indisolubilidad de la
nación, o que tienen en cuenta nuevas realidades que ponen en crisis el
concepto tradicional de Estado-nación. A menudo estas diferentes concepciones
se ligan con distintos sentimientos de identidad colectiva; y si todos los
sentimientos –plurales, subjetivos e importantísimos para quien los abriga-
deben ser tenidos en cuenta y respetados, difícilmente pueden ser soporte de
criterios objetivos y de decisiones consensuadas.
Si hallar el sujeto es delicado, acordar
el procedimiento para decidir tampoco es sencillo. Hay quien mantiene que el
único válido, o cuando menos el único que puede tenerse por expresión acabada
del derecho a decidir, es la consulta directa de carácter plebiscitario. Hay
quien desconfía o rechaza el método por los riesgos de manipulación, de
enfrentamiento o de otro tipo que conlleva; y hay quienes proponen un uso
cauteloso del referéndum siempre subordinado a los otros medios de decisión
habituales y propios de la democracia representativa.
Creemos en el derecho de decisión,
tanto individual como colectivo. Pero también creemos que su ejercicio está
condicionado a que previamente se fijen las reglas que han de hacerlo efectivo.
Reglas que deben garantizar que el derecho sea realidad, y no mera declaración
genérica que nunca da lugar a su ejercicio; cuando una parte de la ciudadanía
se siente excluida de las decisiones se generan graves problemas de
convivencia. Reglas, por tanto, adecuadas a una realidad concreta y a una
capacidad de decidir sobre cuestiones concretas. Que no impongan requisitos o
condiciones imposibles de cumplir. Que no impliquen desigualdad, que de ningún
modo haya quienes se vean coartados o impedidos para decidir con libertad.
Esas reglas tienen que ser consensuadas.
Nadie puede establecerlas unilateralmente. En sociedades complejas como en la
que nos toca vivir la regla de la mayoría es un instrumento eficaz para tomar
muchas decisiones, pero a menudo resulta insuficiente y debe ceder ante la
necesidad de amplios consensos sociales y políticos. Y el consenso resulta
especialmente necesario para fijar las reglas del juego a través de las cuales
se van a poder hacer realidad los derechos de participación y decisión.
El principio del consenso tiene algunas
servidumbres. Nunca será posible si se pretenden introducir, como contenido
imperativo de las normas que se van a acordar, planteamientos maximalistas. Si
cada una de las partes que concurre al debate de donde han de salir soluciones
consensuadas pretende que sus propias opciones ideológicas o identitarias, sus
propios principios, sus propias concepciones del mundo, su propia definición
sobre el derecho a decidir, queden enteramente recogidas y convertidas en
contenidos normativos, el proceso resulta estéril. Si se pretende hallar la
solución definitiva a los conflictos últimos que están en la raíz de los
problemas, olvidando que en la realidad política nada es definitivo, si se
pretende atajar cualquier propuesta de cambio con principios irrenunciables y
normas inderogables, el debate acaba antes de empezar.
Creemos que en este tipo de debate
político es imprescindible una alta dosis de pragmatismo. Los países donde la
democracia se ha asentado con mayor firmeza y que cuentan con una cultura
democrática más asentada son también los que han cultivado una mayor
flexibilidad para adecuar sus instituciones y sus normas constitucionales a
situaciones cambiantes, los que asumen que un sistema de organización política
solo puede posibilitar una pacífica convivencia, dentro de los problemas y
conflictos sociales con los cuales en inevitable convivir, si deriva de una
permanente práctica del pacto y del compromiso, que es fruto de muchos acuerdos
y consensos parciales que se van anudando día a día. La apuesta por la rigidez,
por solemnes principios e instituciones que son incuestionables, por imponer
esencias inmutables, suele bloquear y tensionar progresivamente cualquier
escenario político hasta hacerlo llegar al punto de ruptura.
Pensamos que debemos exigir a todos los responsables políticos, en el debate que está abierto sobre el derecho a decidir, que hagan un ejercicio de responsabilidad y busquen el mayor consenso posible en la búsqueda de soluciones que, partiendo de la realidad y de las instituciones existentes y respetando los derechos de todos, perfeccionen los mecanismos de participación política y se haga posible y real el derecho colectivo a decidir en todos los ámbitos de convivencia.
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