LA CONSULTA
Me refiero, cómo no, a la que pretende
realizar el Gobierno Vasco y para cuyo impulso ha aprobado un “Proyecto de Ley de Convocatoria y Regulación
de una Consulta Popular al objeto de recabar la opinión ciudadana en la
Comunidad Autónoma del País Vasco sobre la apertura de un proceso de
negociación para alcanzar la paz y la normalización política”. Una vez
leído el texto no tengo más remedio que concluir que estamos ante un bodrio
jurídico y un despropósito político.
Bodrio (DRAE, “cosa mal hecha”) jurídico en cuanto la
técnica normativa empleada resulta absolutamente deficiente. Se presenta la ley
en su artículo único como de autorización para que el Lehendakari convoque una
consulta; pero es la propia ley la que materialmente hace la convocatoria,
señalando la fecha, el calendario electoral, las preguntas y hasta el modelo de
papeleta. No deja espacio alguno para el acto de convocatoria; incluso dice que
“se tendrá por convocada por el
Lehendakari el día 15 de septiembre de 2008”. El Lehendakari lo mismo puede
irse de vacaciones porque la convocatoria en realidad la hace el Parlamento al
aprobar (si es que se aprueba) la ley.
La enrevesada formulación de las
preguntas supone que la consulta carece de objeto determinado. Como dicen el
artículo 92 de la Constitución y el sentido común se pueden someter a
referéndum “decisiones políticas de
especial trascendencia”. Esa decisión puede ser la aprobación de una ley,
una reforma constitucional, una medida de gobierno, a nivel local el cambio de
la fecha de las fiestas patronales. ¿Cuál es la decisión que se somete aquí a
consulta? Ninguna. Se pregunta si “está
Usted de acuerdo en apoyar un proceso de final dialogado de la violencia”.
Se podría contestar a la gallega: ¿apoyar a quién? Una posible respuesta
afirmativa carece de sujeto a quien obligue (aunque sea políticamente, no
jurídicamente, como el propio proyecto ya explica). Los antecedentes de la
pregunta, el pacto de Ajuria-Enea o la resolución del Congreso de mayo de 2005,
dejaban claro que el compromiso era asumido por los partidos políticos que los suscribían
y que el diálogo correspondía “a los
poderes competentes del Estado”. Aquí no se sabe si hay alguien
comprometido a nada. Dado que la consulta se realiza en ámbito autonómico,
podría pensarse que será el Gobierno Vasco como su promotor el obligado. ¿A
qué? Ese proceso de final dialogado de la violencia escapa a su capacidad de
actuación; ni tiene las competencias precisas en materia penal, penitenciaria o
incluso de relaciones internacionales para ello, ni puede actuar fuera de su
territorio, donde también existe la violencia de ETA (¿tendría que quedar
Navarra o cualquier otra Comunidad Autónoma excluida del proceso, ya que a sus
ciudadanos no se les consulta?). Y otra repregunta: ¿dialogar para qué? “Si previamente ETA manifiesta de forma
inequívoca su voluntad de poner fin a la misma de una vez y para siempre”,
ya estamos en el final de la violencia, sin necesidad de diálogo ni proceso
alguno. Y si la aplicación de la voluntad de la ciudadanía consultada depende
de la decisión de ETA, apaga y vámonos.
La segunda pregunta también adolece de
falta de sujetos aptos para ser comprometidos por la respuesta, sea esta
afirmativa o negativa. Estar de acuerdo en que los partidos vascos, sin
exclusiones, inicien un proceso de negociación es perfectamente irrelevante.
Los partidos negociarán si quieren y si no quieren no lo harán, están en su
derecho y ni el Gobierno ni el Parlamento Vasco son quiénes para, a través de
una consulta, presionarles para que lo hagan. Y si quieren negociar tampoco
están obligados a llegar a un acuerdo, y mucho menos en la fecha fijada por el
proyecto de ley, antes de final de 2010; y aunque llegaran, un acuerdo entre
partidos no es un objeto susceptible de someterse a referéndum. Repitamos; lo
que debe someterse a referéndum es una decisión política, lógicamente adoptada
por el órgano competente, sea un gobierno o un parlamento, que pueda quedar
obligado (política o jurídicamente) por la voluntad mayoritaria del electorado.
Que los partidos negocien y lleguen a acuerdos es bueno; que se les pretenda
imponer por ley la obligación de negociar con objeto y plazo determinado resulta
poco democrático.
Aparte de la pésima técnica normativa,
el principal problema del proyecto es su nítida inconstitucionalidad por entrar
a regular una materia sobre la cual el Parlamento Vasco carece de competencia. Se
pretende salvar la cuestión afirmando en la exposición de motivos de que no se
trata de un referéndum y al no ser jurídicamente vinculante se trata de una
simple consulta que no necesita autorización del Estado. Como dice el aforismo
jurídico, las cosas son lo que son y no lo que las partes dicen que son. El
referéndum, en el ordenamiento constitucional, tampoco es siempre vinculante.
Entre las modalidades de referéndum reguladas por la Ley Orgánica que el
Gobierno Vasco dice no ser aplicable está el consultivo. Llamar consulta a lo
que se pretende hacer no cambia las cosas; la Constitución también habla de “consultas populares por vía de referéndum”.
Y cuando en la disposición adicional del proyecto de ley se somete la consulta
a las mismas normas que rigen los procesos electorales, la misma Administración
electoral, el mismo censo, el mismo procedimiento, o sea, en realidad al mismo
régimen que la Ley Orgánica cuya aplicación se pretende formalmente evitar, lo
que se está haciendo es organizar un referéndum, se le llame como se le llame.
Cerrar los ojos y pretender que lo que no se ve ya no existe es una actitud
infantil. La Comunidad Autónoma carece de competencia para convocar el
referéndum. Otra cosa es si sería bueno que la tuviera; pero no la tiene.
El despropósito político viene del lado
de que el Gobierno Vasco debiera saber (y si no lo sabe, peor) que esta consulta
no puede celebrarse. Porque o bien faltará la mayoría suficiente en el
Parlamento Vasco, o bien se parará en el Tribunal Constitucional ante su más
que evidente inadecuación a la Constitución y al Estatuto de Autonomía. Con lo
cual encastillarse en afirmaciones de que consultar es bueno, de que la
consulta es legal, de que no hay motivos para votar contra ella, o en el puro victimismo
frente a la cerrazón del Gobierno central, no es sino engañar a la ciudadanía.
La convocatoria de la consulta, tal como están las cosas, no contribuye a ofrecer soluciones, ni negociación, ni acuerdo, ni normalización. Sólo ayuda a profundizar la división entre las fuerzas políticas vascas y el enfrentamiento entre las instituciones autonómicas y las estatales. Su oportunidad política es nula, salvo que se analice desde el punto de vista partidista y electoral. Sólo en este ámbito y como huída hacia delante del Lehendakari puede explicarse, y por ello me cuesta mucho entender el seguidismo de Ezker Batua, salvo como efecto de la atracción hacia abismo.
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