CONSTITUCIÓN
Je déclare l'état de bonheur
permanent
Et le droit de chacun à tous
les privilèges.
Georges Moustaki
Proyecto de Constitución para la República de
Utopía.
Artículo 1º. La República de Utopía es una comunidad
de personas libres que conviven en paz y que regulan sus relaciones mutuas por
los principios democráticos de la búsqueda del consenso mediante debate, la
decisión por mayoría y el respeto de las minorías.
Artículo 2º. El único fin de
la República es la felicidad de sus habitantes y el respeto de todos sus
derechos. Se reconocen y garantizan todos los derechos contenidos en todas las
declaraciones internacionales.
Artículo 3º. Se garantiza la
propiedad pública y la propiedad privada. Serán de propiedad pública todos los
bienes necesarios para asegurar los intereses generales; serán de propiedad
privada los demás bienes en la cantidad necesaria para asegurar el bienestar
individual según los principios de que nadie quede con sus necesidades
inatendidas y nadie tenga más de lo que necesite. Se garantizará una renta
mínima para todos los habitantes y también una renta máxima. Nadie podrá tener
dos viviendas mientras todos los habitantes no tengan una; ni nadie podrá tener
tres viviendas mientras todos no tengan dos.
Artículo 4º. La República de
Utopía no distingue entre nacionales y extranjeros ni tiene un régimen de
concesión de nacionalidad. Todas las personas que se hallen en su territorio
tienen los mismos derechos y obligaciones. Todas las personas son iguales en
derechos y diferentes en todo lo demás.
Artículo 5º. La República de
Utopía no tiene bandera, himno ni fuerzas armadas, y no otorga títulos
nobiliarios, ni tratamientos, ni condecoraciones.
Artículo 6º. La República de
Utopía no tiene capital. Sus instituciones funcionarán donde se considere más
oportuno.
Artículo 7º. La República de
Utopía no tiene lengua oficial. Se reconoce el derecho a hablar todas las
lenguas. Las instituciones públicas adoptarán las medidas oportunas para
asegurar la comunicación con todas las personas.
Artículo 8º. En la República
de Utopía no existe ningún poder soberano. La soberanía no reside en ninguna
parte. Sólo la ley está por encima de todos. Todos los poderes proceden de la
ciudadanía, son limitados, responsables y se ejercen y controlan por
instituciones representativas.
Artículo 9º. Todos los
habitantes tienen el derecho y la obligación de participar en las decisiones y
en los cargos públicos. La duración de los cargos públicos estará limitada;
todos los cargos son revocables.
Artículo 10º. La
organización territorial de la República se rige por los principios de
descentralización, desconcentración y subsidiariedad. Ninguna parte del
territorio está obligada a pertenecer a la República contra la voluntad de sus
habitantes.
Artículo 11º. La República
de Utopía no tiene religión oficial, ni verdades oficiales, ni identidad
oficial, ni historia oficial. Las personas no tienen otra obligación con la
República que la de acatar las leyes establecidas para asegurar la convivencia.
Artículo 12º. No se harán más leyes que las necesarias y estas no contendrán más artículos que los imprescindibles.
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