CONSTITUCIÓN

 

 

Je déclare l'état de bonheur permanent

Et le droit de chacun à tous les privilèges.

Georges Moustaki

 

Proyecto de Constitución para la República de Utopía.

 

Artículo 1º. La República de Utopía es una comunidad de personas libres que conviven en paz y que regulan sus relaciones mutuas por los principios democráticos de la búsqueda del consenso mediante debate, la decisión por mayoría y el respeto de las minorías.

 

Artículo 2º. El único fin de la República es la felicidad de sus habitantes y el respeto de todos sus derechos. Se reconocen y garantizan todos los derechos contenidos en todas las declaraciones internacionales.

 

Artículo 3º. Se garantiza la propiedad pública y la propiedad privada. Serán de propiedad pública todos los bienes necesarios para asegurar los intereses generales; serán de propiedad privada los demás bienes en la cantidad necesaria para asegurar el bienestar individual según los principios de que nadie quede con sus necesidades inatendidas y nadie tenga más de lo que necesite. Se garantizará una renta mínima para todos los habitantes y también una renta máxima. Nadie podrá tener dos viviendas mientras todos los habitantes no tengan una; ni nadie podrá tener tres viviendas mientras todos no tengan dos.

 

Artículo 4º. La República de Utopía no distingue entre nacionales y extranjeros ni tiene un régimen de concesión de nacionalidad. Todas las personas que se hallen en su territorio tienen los mismos derechos y obligaciones. Todas las personas son iguales en derechos y diferentes en todo lo demás.

 

Artículo 5º. La República de Utopía no tiene bandera, himno ni fuerzas armadas, y no otorga títulos nobiliarios, ni tratamientos, ni condecoraciones.

 

Artículo 6º. La República de Utopía no tiene capital. Sus instituciones funcionarán donde se considere más oportuno.

 

Artículo 7º. La República de Utopía no tiene lengua oficial. Se reconoce el derecho a hablar todas las lenguas. Las instituciones públicas adoptarán las medidas oportunas para asegurar la comunicación con todas las personas.

 

Artículo 8º. En la República de Utopía no existe ningún poder soberano. La soberanía no reside en ninguna parte. Sólo la ley está por encima de todos. Todos los poderes proceden de la ciudadanía, son limitados, responsables y se ejercen y controlan por instituciones representativas.

 

Artículo 9º. Todos los habitantes tienen el derecho y la obligación de participar en las decisiones y en los cargos públicos. La duración de los cargos públicos estará limitada; todos los cargos son revocables.

 

Artículo 10º. La organización territorial de la República se rige por los principios de descentralización, desconcentración y subsidiariedad. Ninguna parte del territorio está obligada a pertenecer a la República contra la voluntad de sus habitantes.

 

Artículo 11º. La República de Utopía no tiene religión oficial, ni verdades oficiales, ni identidad oficial, ni historia oficial. Las personas no tienen otra obligación con la República que la de acatar las leyes establecidas para asegurar la convivencia.

 

Artículo 12º. No se harán más leyes que las necesarias y estas no contendrán más artículos que los imprescindibles.

 

 

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