Ordenanza de los sanfermines
CAPÍTULO IV. EL ENCIERRO
Artículo
24. Concepto.
Se
denominará encierro a cualquier actividad publicitaria promovida por el
Ayuntamiento a lo largo de un recorrido que comprende la calle de Santo Domingo
(popularmente, cuesta de Santo Domingo), Plaza Consistorial, calle de
Mercaderes, calle de la Estafeta y Plaza de Toros.
Artículo
25. Clases.
1.
El encierro adoptará las siguientes modalidades:
a)
Carrera ante bólidos de Fórmula 1.
b)
Carrera ante tractores y cosechadoras.
c)
Carrera ante toros.
2.
El Ayuntamiento podrá declarar cualquier otra modalidad de encierro de carácter
tradicional siempre que cuente con un espónsor de reconocido prestigio y
solvencia.
3.
Se prohíbe el denominado “encierro humano” con participantes desnudos y sin
patrocinador así como cualquier otra modalidad incompatible con las tradiciones
festivas de Pamplona.
4.
Se declara de carácter no tradicional, no oficial y no municipal el denominado
“encierro de la villavesa”, y como personas no gratas a sus organizadores y
participantes.
Artículo
26. Requisitos de los corredores.
1.
Quienes deseen participar en el encierro deberán solicitar del Ayuntamiento la
correspondiente licencia de corredor.
2.
Será requisito para obtener la licencia de corredor:
a)
Certificado de haber superado un curso para corredores en centro homologado o,
alternativamente, certificado acreditativo de poseer absoluta ignorancia sobre
el encierro.
b)
Certificado de patrocinador autorizado.
c)
Justificante del pago de la tasa.
3.
Los corredores deberán participar con la ropa oficial homologada y la
publicidad de su patrocinador.
Artículo
27. Número de corredores.
No
se admitirá un número de corredores superior a quince por metro cuadrado.
Artículo
28. Público.
Se
admitirá público en directo a lo largo del recorrido en los lugares que dejen
libres las cámaras de televisión.
Artículo
29. Prohibiciones.
Los
corredores en todas las modalidades del encierro tienen prohibido:
a)
Citar o distraer a las reses y vehículos con peligro para otras personas salvo
que se realice para evitar una cogida o atropello.
b)
Golpear o pinchar a las reses y
vehículos.
c)
Montar encima de las reses o intentar subir al vehículo en marcha.
d)
Maltratar de cualquier otro modo a las reses o a los conductores.
e)
Circular por el carril-bici sin bicicleta; en caso de portar bicicleta deberán
circular a pie y empujándola.
f)
Hablar o enviar sms por el móvil.
Artículo
30. Control de alcoholemia.
1.
Los corredores y los conductores podrán ser sometidos por los agentes de la
autoridad a pruebas de verificación del aire espirado mediante alcoholímetros
autorizados. A petición del interesado o por orden de la autoridad judicial se
podrán repetir las pruebas a efectos de contraste, pudiendo consistir en
análisis de sangre, orina u otros análogos.
2.
Las reses que participen en los encierros no estarán obligadas a los controles
regulados en este artículo.
Artículo
31. Velocidad máxima.
1.
Durante el encierro no podrán superarse las siguientes velocidades:
a)
Para corredores: 50 kilómetros por hora.
b)
Para reses: 60 kilómetros por hora.
c)
Para bólidos de Fórmula 1: 120 kilómetros por hora.
d)
Para tractores y cosechadoras: 80 kilómetros por hora.
2.
Las velocidades máximas fijadas en el apartado anterior podrán ser rebasadas en
20 kilómetros por hora en caso de adelantamiento.
3.
A lo largo del recorrido del encierro se podrán instalar cinemómetros
conectados a dispositivos de filmación o registro fotográfico para controlar el
cumplimiento de las velocidades establecidas en este artículo.
4.
Se prohíbe a corredores, reses y conductores participar con mecanismos de
detección de radar.
5.
Los agentes de la autoridad además de formular la correspondiente denuncia
podrán inmovilizar temporalmente a los corredores, reses y vehículos que
infrinjan lo dispuesto en este artículo.
Artículo
32. Premios.
El
Ayuntamiento concederá los siguientes premios entre corredores del encierro:
a)
A la fotogenia, al corredor que consiga situarse más veces en el foco de las
cámaras fotográficas y de televisión.
b)
Al mejor codazo, al corredor que de forma más artística y alevosa se deshaga de
la competencia de otros corredores.
c)
Al mejor quite, al corredor que consiga distraer a un toro o vehículo y evitar
que prosiga la carrera.
d)
A la valentía, al corredor que se acerque más a la manada de cabestros escoba.
e) Al primer navarro clasificado.
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